El acceso a la atención sanitaria pública es un derecho reconocido en España, también para las personas extranjeras que no cuentan con residencia legal. El Real Decreto 180/2026, aprobado en marzo de 2026, establece el procedimiento y las condiciones para garantizar este acceso.
En este recurso compartimos un documento elaborado por Acción Triángulo que recoge de forma clara los aspectos clave de esta normativa y ofrece orientaciones prácticas para su aplicación.
Qué establece el Real Decreto
El Real Decreto reconoce el derecho a la protección de la salud y a la atención sanitaria con cargo a fondos públicos para personas extranjeras en España sin residencia legal, en el marco del Sistema Nacional de Salud.
Se trata de una norma de obligado cumplimiento para las comunidades autónomas, que no pueden limitar su aplicación ni exigir requisitos adicionales a los establecidos en el propio decreto.
Cómo solicitar el acceso
El acceso al sistema sanitario se solicita a través de las unidades de tramitación habilitadas por cada comunidad autónoma, mediante una declaración responsable acompañada de documentación básica.
Entre los documentos requeridos se incluye:
- Documento de identidad del país de origen
- Acreditación de residencia en España
En este punto, el Real Decreto introduce un elemento clave: el empadronamiento no es el único medio válido para acreditar residencia.
También pueden utilizarse otros documentos, como certificados de escolarización, informes de servicios sociales, facturas de suministros o documentación consular .
Una vez presentada la solicitud, la persona solicitante debe recibir un justificante que permite el acceso provisional al sistema sanitario mientras se resuelve el expediente, con un plazo máximo de tres meses .
Qué hacer ante barreras administrativas
El documento incluye orientaciones prácticas para situaciones en las que el acceso pueda verse limitado en la práctica, como:
- Desconocimiento de la norma por parte del personal administrativo
- Negativa a tramitar la solicitud
- Exigencia de documentación no prevista en el Real Decreto
En estos casos, se recuerda que:
- La norma está en vigor desde el 13 de marzo de 2026
- Su cumplimiento es obligatorio
- Cualquier barrera administrativa que limite su aplicación es contraria a derecho
Además, se detallan los pasos para presentar reclamaciones y alternativas como el registro electrónico en caso de negativa en el centro de salud.
Para qué puede ser útil este recurso
Este documento está dirigido principalmente a:
- Entidades sociales
- Profesionales del ámbito sociosanitario
- Equipos de acompañamiento a personas migrantes
Su objetivo es facilitar herramientas prácticas para garantizar el acceso efectivo a la atención sanitaria y apoyar a las personas en el ejercicio de sus derechos.

